El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha emitido una sentencia -con fecha 20 de octubre de 2020- en la que anula la sanción por afeitado a la ganadería Miura, dejando sin efecto la multa. Los hechos sucedieron el 3 de junio de 2018 en la corrida que la divisa sevillana lidió en Las Ventas y tras ella, el presidente del festejo mandó enviar para su análisis, las astas del tercer toro, 85-Tiznaolla, por sospecha de manipulación. Tras el análisis llevado a cabo en los laboratorios del Ministerio del Interior se propuso imponer sanción a la ganadería, que rápidamente contrató los servicios jurídicos del letrado Joaquín Moeckel, quien interpuso la correspondiente demanda contra la Comunidad de Madrid.

Tras el juicio celebrado el pasado 7 de octubre, el magistrado Gómez Iglesias dictó sentencia estimando que el recurso contencioso administrativo interpuesto por la sociedad mercantil CALCAÑO, S.L. (Ganadería Miura) , contra resolución del Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la COMUNIDAD DE MADRID de 8 de noviembre de 2019, desestimatoria del recurso administrativo de reposición interpuesto contra anterior resolución de 4 de septiembre de 2019, sobre sanción administrativa (Expte.: 19T/011)”. Además, declara no ser conformes a Derecho las resoluciones administrativas impugnadas, anulándolas y dejándolas sin efecto”.